NoticiasMacroLa Corte Suprema de Filipinas falla que el Ombudsman puede investigar a funcionarios sin esperar los hallazgos finales de la CoA

La Corte Suprema de Filipinas falla que el Ombudsman puede investigar a funcionarios sin esperar los hallazgos finales de la CoA

Autor: Bworldonline·

Puntos clave

  • •El tribunal filipino falló que la Oficina del Ombudsman puede investigar a funcionarios públicos por corrupción sin esperar que los informes de la Comisión de Auditoría queden firmes.
  • •El tribunal sostuvo que el Ombudsman y la Comisión de Auditoría operan bajo mandatos constitucionales distintos que funcionan en paralelo y no en secuencia, y que los hallazgos de auditoría no son vinculantes para las investigaciones anticorrupción.
  • •La decisión surgió de irregularidades en proyectos de infraestructura de Palawan financiados con 966 millones de pesos de la parte de la provincia en una liberación de 2,570 millones de pesos en ingresos energéticos en 2008.
  • •Dieciséis exfuncionarios provinciales y de auditoría fueron declarados administrativamente responsables de mala conducta grave, deshonestidad grave y negligencia grave en el deber, incluidas violaciones a las reglas de contratación y reportes falsos de avance de obra.
  • •Los funcionarios sancionados enfrentan destitución del servicio público, cancelación de la elegibilidad en el servicio civil, inhabilitación perpetua para cargos públicos y pérdida de prestaciones de jubilación.
La Corte Suprema de Filipinas falla que el Ombudsman puede investigar a funcionarios sin esperar los hallazgos finales de la CoA

La Corte Suprema (SC) de Filipinas falló que la Oficina del Ombudsman puede investigar a funcionarios públicos por corrupción y faltas administrativas sin esperar que los informes de la Comisión de Auditoría (CoA) queden firmes.

"En el ejercicio de su mandato constitucional, la Oficina del Ombudsman está facultada para realizar una investigación separada y distinta de cualquier investigación llevada a cabo por la Comisión de Auditoría, incluso si ambas investigaciones involucran hechos similares y surgen de los mismos actos y transacciones", indicó el tribunal en una decisión hecha pública el martes.

El fallo afirmó que el Ombudsman puede realizar sus propias investigaciones independientemente de los procedimientos pendientes ante la CoA, y que los hallazgos de auditoría no son vinculantes para las investigaciones anticorrupción. "La Oficina del Ombudsman no está obligada a esperar la firmeza de ninguna auditoría o investigación de la CoA antes de poder investigar por sí misma los actos ilegales e impropios de los funcionarios públicos", señaló el alto tribunal. Añadió que exigir informes finales de la CoA antes de que el Ombudsman pud actuar socavaría los poderes constitucionales del organismo anticorrupción. Ambas oficinas tienen mandatos constitucionales distintos —el Ombudsman actúa sobre conductas ilegales e impropias de funcionarios públicos, mientras que la CoA audita cómo se gastan los fondos gubernamentales— y el tribunal las consideró como entidades que operan en paralelo y no en secuencia.

La decisión, redactada por la magistrada asociada Maria Filomena D. Singh, surgió de casos administrativos contra exfuncionarios del gobierno provincial de Palawan por irregularidades en proyectos de infraestructura financiados con la parte de la provincia de los ingresos del proyecto de gas natural de Malampaya.

La SC declaró administrativamente responsables a 16 exfuncionarios provinciales y de auditoría. Los exmiembros del comité de licitaciones y adjudicaciones Ferdinand S. Dilig, Luis M. Marcaida II y Rolando E. Bonoan, Jr. fueron declarados culpables de mala conducta grave y negligencia grave en el deber por violar las reglas de contratación, no publicar las invitaciones a licitar y recomendar adjudicaciones de contratos pese a contar con documentos de elegibilidad incompletos.

El tribunal también declaró culpables de mala conducta grave y deshonestidad grave a 13 personas del personal de ingeniería, inspección y auditoría por elaborar, validar o aprobar estados falsos de trabajos realizados e informes de inspección que exageraban el avance de los proyectos y justificaban pagos no autorizados. Se trata de los exingenieros de proyecto y residentes Romeo C. Llacuna, Rosario Pascual Abacial, Tommy S. Panes, Pedro V. Gatinga, Jr., Pepe M. Patacsil, Bayani T. Buenaventura, Bernard I. Zambales y Renato A. Abrina; el ingeniero de materiales Alfredo B. Padua; los líderes de equipos de inspección Manuel T. Cabiguen y Federico R. Rubio, Jr.; y los inspectores técnicos de la CoA Edwin G. Iglesia y Ronelo O. Del Socorro.

El excoordinador de planificación provincial Samuel V. Madamba II y el contador provincial Orlando R. Colobong fueron declarados responsables de negligencia grave en el deber por procesar desembolsos sin verificar la documentación de respaldo, aunque fueron absueltos de mala conducta grave.

Los casos se originaron por la liberación en 2008 de 2,570 millones de pesos de ingresos energéticos, de los cuales 966 millones de pesos fueron asignados a Palawan para electrificación, centros de salud, programas educativos y proyectos viales. Los investigadores documentaron irregularidades en la contratación y ejecución de proyectos, incluidas fallas en la publicidad adecuada de las licitaciones, la adjudicación de contratos superpuestos a los mismos contratistas con personal clave idéntico y la omisión de las cláusulas obligatorias de daños y perjuicios en los contratos. El tribunal también citó informes falsos de avance e inspección elaborados por ingenieros de proyecto y residentes que exageraban la finalización de los proyectos para justificar pagos.

Los exfuncionarios habían argumentado que la investigación del Ombudsman era prematura porque los hallazgos de auditoría de la CoA aún no habían quedado firmes. Al rechazar ese argumento, la SC mantuvo los hallazgos que los declaraban responsables de mala conducta grave, deshonestidad grave y negligencia grave en el, y ordenó su destitución del servicio público, la cancelación de su elegibilidad en el servicio civil, la inhabilitación perpetua para cargos públicos y la pérdida de sus prestaciones de jubilación. En la práctica, el fallo elimina las auditorías pendientes como fundamento para suspender investigaciones anticorrupción, un punto de relevancia práctica en un caso cuyas transacciones cuestionadas se remontan a 2008.

"El interés público y el bienestar público dependen enteramente del cumplimiento fiel y responsable por parte de los funcionarios públicos de los deberes bajo juramento", escribió la magistrada Singh.

— Erika Mae P. Sinaking