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La SEC de Filipinas propone un marco simplificado de reportes para fundaciones

Autor: Bworldonline·

Puntos clave

  • •La SEC publicó el 29 de septiembre un proyecto de reglas omnibus que consolidaría los requisitos de registro, reporte y cumplimiento de las fundaciones en un solo marco, con comentarios públicos aceptados hasta el 15 de octubre.
  • •Tres formatos propuestos Simplificados de Organizaciones Sin Acciones y Sin Fines de Lucro reemplazarían el actual requisito de reportes de múltiples documentos bajo la Regla Revisada 68 de la Ley de la República No. 8799, el Código de Regulación de Valores.
  • •Las solicitantes deben constituirse como corporaciones sin acciones con fines no lucrativos, incluir la palabra "Foundation" en su nombre corporativo y mantener al menos 1 millón de pesos en capital pagado respaldado por un certificado notarizado de depósito bancario.
  • •Las fundaciones con activos o pasivos totales superiores a 3 millones de pesos deberían presentar estados financieros auditados, mientras que aquellas en o por debajo del umbral podrán presentar estados no auditados firmados bajo juramento por funcionarios designados.
  • •No presentar los formatos requeridos acarrearía una multa anual de 5,000 pesos, y las presentaciones tardías estarían sujetas a una sanción anual de 2,500 pesos.
La SEC de Filipinas propone un marco simplificado de reportes para fundaciones

MANILA — La Comisión de Bolsa y Valores (SEC) propone reemplazar los actuales requisitos de reportes de múltiples documentos para fundaciones con tres formatos estandarizados que abarcan sus operaciones, gobernanza, programas, proyectos y uso de fondos.

El cambio propuesto forma parte de un proyecto de reglas omnibus publicado el 29 de septiembre que consolidaría los requisitos de registro, reporte y cumplimiento continuo actualmente dispersos en diversas leyes, reglas, circulares memorando y otras emisiones de la SEC. El borrador está abierto a comentarios públicos hasta el 15 de octubre, un plazo que brinda a las fundaciones registradas y solicitantes la oportunidad de buscar ajustes a los umbrales, plazos y sanciones propuestos antes de que se adopte una versión final.

Alcance y elegibilidad

La SEC indicó que las reglas propuestas aplicarían a todas las fundaciones registradas ante la comisión, así como a las que soliciten registro, cubriendo a las entidades desde su constitución hasta sus presentaciones anuales recurrentes.

Según el borrador, las solicitantes deben constituirse como corporaciones sin acciones con fines no lucrativos, incluir la palabra "Foundation" en su nombre corporativo y mantener al menos 1 millón de pesos en capital pagado respaldado por un certificado notarizado de depósito bancario.

La SEC define una fundación como una corporación sin acciones con fines no lucrativos establecida para otorgar donaciones o dotaciones, o recaudar fondos, con fines caritativos, religiosos, educativos, deportivos, culturales, literarios, científicos, de bienestar social o similares.

Requisitos de reporte consolidados

El borrador asimismo unifica las obligaciones de reporte existentes en un solo marco. Según la SEC, el Libro de Membresía de una fundación debe registrarse ante la comisión dentro de los 30 días posteriores a su constitución, mientras que la Hoja de Información General debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la asamblea anual. Si no se celebra una asamblea anual, la Hoja de Información General debe presentarse a más tardar el 30 de enero del año siguiente.

Las fundaciones con activos o pasivos totales superiores a 3 millones de pesos deberían presentar estados financieros auditados conforme a la Circular Memorando No. 4, Serie de 2026 de la SEC, indicó el regulador. Aquellas con activos o pasivos totales de 3 millones de pesos o menos podrán presentar estados financieros no auditados firmados bajo juramento por los funcionarios designados. El umbral de 3 millones de pesos traza una línea basada en el tamaño entre las fundaciones sujetas a requisitos de auditoría y las que pueden presentar en su lugar declaraciones no auditadas bajo juramento.

Los estados financieros deben presentarse dentro de los 120 días posteriores al cierre del año fiscal o conforme al calendario anual de presentaciones de la SEC.

Tres formatos simplificados

Para reemplazar el actual requisito de múltiples documentos bajo la Regla Revisada 68 de la Ley de la República No. 8799, o Código de Regulación de Valores, la SEC propone tres formatos Simplificados de Organizaciones Sin Acciones y Sin Fines de Lucro.

La comisión indicó que los formatos utilizarían partidas e instrucciones de reporte simplificadas y requerirían divulgaciones adicionales sobre las operaciones, actividades, gobernanza, programas, proyectos y utilización financiera de una fundación.

No presentar los formatos requeridos acarrearía una multa anual de 5,000 pesos, mientras que las presentaciones tardías estarían sujetas a una sanción anual de 2,500 pesos, según la SEC. El esquema propuesto de multas y sanciones otorga a las fundaciones un interés financiero directo en cumplir los nuevos plazos de presentación.

La fecha límite de comentarios del 15 de octubre marca el siguiente paso en el proceso de elaboración de reglas, después del cual las revisiones que la SEC adopte en respuesta a los comentarios definirían las obligaciones finales de reporte para las fundaciones del país.

— Alexandria Grace C. Magno

Fuente: BusinessWorld