Reglas preliminares de Illinois detallan el tratamiento de DeFi y stablecoins bajo el impuesto cripto del 0.2%
Puntos clave
- •Illinois ha publicado reglas preliminares que aclaran que su impuesto del 0.2% sobre transacciones de activos digitales grava a las stablecoins como activos digitales tributables, mientras excluye a los tokens no fungibles de su alcance.
- •Las transacciones DeFi estarían generalmente exentas salvo que los usuarios paguen comisiones consideradas 'contraprestación valiosa', como las comisiones de protocolo por operar o mantener una plataforma, mientras que las comisiones de red y las comisiones de intercambio pagadas únicamente a proveedores de liquidez permanecerían sin gravar.
- •El bridging cripto realizado a través de un bróker de activos digitales a cambio de una contraprestación sería clasificado como actividad de intercambio gravable según las reglas preliminares.
- •Las transferencias desde exchanges centralizados hacia wallets de autocustodia podrían estar sujetas al impuesto cuando el exchange cobra una comisión, convirtiendo el retiro mismo en el paso gravable.
- •El Departamento de Ingresos de Illinois acepta comentarios públicos hasta el 30 de octubre antes de finalizar las reglas del impuesto, que está previsto entre en vigor el 1 de enero de 2027.

Los funcionarios de impuestos de Illinois han publicado reglas preliminares que detallan cómo el impuesto estatal del 0.2% sobre transacciones de activos digitales ya promulgado se aplicaría a las stablecoins, las plataformas de finanzas descentralizadas (DeFi), los puentes cripto y las transferencias desde exchanges centralizados hacia wallets de autocustodia.
Las reglas preliminares, emitidas por el Departamento de Ingresos de Illinois y publicadas en su sitio web, ofrecen detalles de implementación de la ya promulgada Ley de Impuestos sobre Activos Digitales, y establecen qué transacciones y activos digitales quedarían dentro del alcance del gravamen. El departamento informó el lunes que acepta comentarios sobre la propuesta hasta el 30 de octubre como parte del proceso de reglamentación, lo que brinda a empresas y residentes una oportunidad de influir en el texto antes de su finalización, previa a la fecha de entrada en vigor del impuesto.
Stablecoins gravadas, NFT excluidos
Según la propuesta, las stablecoins serían tratadas como activos digitales sujetos al impuesto, mientras que los tokens no fungibles quedarían excluidos de su alcance. Ese tratamiento implica que las transacciones con stablecoins quedarían sujetas al gravamen del 0.2% una vez que entre en vigor. La distinción es relevante porque las stablecoins están indexadas a monedas fiduciarias y se usan comúnmente como un medio similar al dólar para el comercio y los pagos, lo que significa que el gravamen alcanzaría a activos diseñados para mantener un valor estable y no solo a tokens volátiles.
Las exenciones DeFi dependen de la estructura de comisiones
Las transacciones DeFi estarían generalmente exentas, salvo que los usuarios paguen comisiones consideradas "contraprestación valiosa", como las comisiones de protocolo cobradas por operar o mantener una plataforma. Las comisiones de red y las comisiones de intercambio pagadas únicamente a proveedores de liquidez no activarían el impuesto. Esta prueba basada en comisiones marca de facto la línea para la actividad on-chain: los intercambios rutinarios permanecen sin gravar, mientras que los cargos vinculados a la de una plataforma generan un hecho gravable.
Puentes y transferencias a autocustodia
Las reglas también identifican el bridging cripto como actividad de intercambio gravable cuando se realiza a través de un bróker de activos digitales a cambio de una contraprestación. El bridging implica mover tokens entre blockchains, y según las reglas preliminares se trataría como un intercambio en esos casos. Las transferencias desde exchanges centralizados hacia wallets de autocustodia también podrían estar sujetas al impuesto cuando el exchange cobra una comisión, lo que significa que el retiro mismo se convierte en el paso gravable en esos casos.
Antecedentes
Los legisladores estatales de Illinois aprobaron la Ley de Impuestos sobre Activos Digitales en junio, avanzando con la medida pese a la oposición de grupos de la industria cripto, que se habían manifestado en contra del gravamen basado en transacciones. El impuesto está previsto que entre en vigor el 1 de enero de 2027. La publicación de las reglas preliminares marca el siguiente paso en la implementación del gravamen, y el texto aún podría modificarse mientras el departamento revisa los comentarios antes de la fecha de cumplimiento.
Fuente: Cointelegraph