Brasil establece regla de reporte de $10,000 para transferencias de criptomonedas en autocustodia a partir del 1 de octubre
Puntos clave
- •El Banco Central de Brasil emitió la Resolución BCB N.º 588 el 23 de septiembre, extendiendo las obligaciones de reporte obligatorio a las transferencias de activos virtuales que involucren billeteras de autocustodia.
- •A partir del 1 de octubre de 2026, las instituciones cubiertas deberán reportar al COAF las transferencias de autocustodia de $10,000 o más en cualquier dirección; el umbral funciona únicamente como disparador de reporte, no como límite ni prohibición.
- •La Resolución 588 no exige que las instituciones bloqueen automáticamente las transferencias que cumplan los criterios y, a diferencia de la regla de retención de 24 horas de la Resolución 584 que comienza el 1 de enero de 2027, no contiene disposición de agregación del mismo día.
- •El banco central también emitió la Resolución BCB N.º 589, que introduce requisitos de información de supervisión sobre saldos de clientes, posiciones de custodia, pruebas de reservas y activos en staking, con algunas disposiciones vigentes desde el 1 de enero de 2027.
- •Las restricciones sobre operaciones con proveedores no autorizados de servicios de activos virtuales comienzan el 6 de noviembre de 2026, como parte de un despliegue escalonado de la ampliada supervisión de activos digitales de Brasil.

Brasil exigirá que las instituciones financieras cubiertas reporten al Consejo de Control de Actividades Financieras (COAF), la unidad de inteligencia financiera del país, las transferencias de activos virtuales de $10,000 o más que involucren billeteras de autocustodia, a partir del 1 de octubre de 2026. La nueva norma del Banco Central de Brasil añade otra capa de supervisión contra el lavado de dinero (AML) sin prohibir la autocustodia ni limitar los montos de las transacciones, y es distinta de la próxima medida de retención de 24 horas del país que comienza en 2027.
El umbral de $10,000 es un disparador de reporte, no un límite
El Banco Central de Brasil publicó la Resolución BCB N.º 588 el 23 de septiembre, modificando el marco AML existente del país para añadir las transferencias de activos virtuales que involucren billeteras de autocustodia a los requisitos obligatorios de reporte. La obligación de reporte aplica desde el 1 de octubre de 2026.
Según la norma, las transferencias de $10,000 o más hacia o desde billeteras de autocustodia deben reportarse al Consejo de Control de Actividades Financieras (COAF) cuando las instituciones cubiertas procesen las transferencias en cualquier dirección. La cifra de $10,000 funciona como disparador de reporte y no como un límite de transacción ni una prohibición de la autocustodia. Por lo tanto, los usuarios pueden seguir custodiando y transfiriendo criptomonedas a través de billeteras controladas por sus propias claves privadas.
La Resolución 588 tampoco exige que las instituciones bloqueen automáticamente las transacciones que cumplan los criterios. En cambio, la responsabilidad de reportar recae en las instituciones cubiertas por el marco regulatorio financiero de Brasil.
El banco central señaló que la autocustodia puede reducir la información disponible para el monitoreo y la evaluación de riesgos. Los custodios regulados, en cambio, mantienen los registros de clientes y transacciones dentro de instituciones financieras supervisadas. El disparador de reporte apunta precisamente a esa brecha: genera registros en el punto donde los fondos se mueven entre instituciones supervisadas y billeteras que operan fuera del perímetro regulatorio, sin restringir las transferencias en sí. El anuncio también fue publicado en el portal oficial del gobierno brasileño.
La noticia también circuló en X:
Brasil a exigir el reporte de transferencias de billeteras de autocustodia de $10,000 o más a partir del 1 de octubre
El banco central de Brasil ha emitido la Resolución BCB N.º 588, modificando las reglas existentes de AML/CFT para incluir ciertas transferencias de activos virtuales que involucren billeteras de autocustodia. Comenzando… pic.twitter.com/GflP4IDwTg
—Wu Blockchain (@WuBlockchain)](https://x.com/WuBlockchain/status/2103283474874740929?ref_src=twsrc%5Etfw) 25 de septiembre de 2026
Distinta de la regla de retención de 24 horas de Brasil
La Resolución 588 es distinta de la Resolución BCB N.º 584, que introdujo una medida diferente dirigida a ciertas transferencias de criptomonedas. La Resolución 584 permite que las transacciones salientes que cumplan los criterios hacia billeteras de autocustodia o proveedores extranjeros de activos virtuales sean sometidas a retención temporal. Esa medida de retención de 24 horas comienza el 1 de enero de 2027, en lugar del 1 de octubre de 2026, y utiliza un cálculo de umbral distinto del requisito de reporte introducido por la Resolución 588.
Cabe destacar que la Resolución 584 permite agregar las transferencias del mismo día realizadas por el mismo cliente al determinar si se alcanza su umbral. La Resolución 588 no contiene una disposición equivalente de agregación automática para su disparador de reporte.
La ausencia de lenguaje de agregación no elimina las obligaciones existentes de las instituciones respecto a transacciones sospechosas. Las instituciones deben seguir evaluando la actividad que pueda indicar lavado de dinero o financiamiento del terrorismo conforme al marco AML establecido de Brasil.
Brasil amplía la supervisión del mercado de criptomonedas
El nuevo requisito forma parte del esfuerzo más amplio de Brasil por fortalecer la supervisión de los activos digitales. La Resolución 588 sigue a medidas anteriores sobre licencias, requisitos de capital, gobernanza, seguridad y cumplimiento para proveedores de activos virtuales —los pilares que integraron la actividad de activos virtuales en el sistema financiero supervisado de Brasil.
El Banco Central también emitió la Resolución BCB N.º 589 el 23 de septiembre. La medida introduce requisitos adicionales de información de supervisión relacionados con saldos de clientes, posiciones de custodia, pruebas de reservas y activos comprometidos en staking. Algunas disposiciones de la Resolución 589 entran en vigor el 1 de enero de 2027. Mientras tanto, las restricciones que afectan las operaciones con proveedores no autorizados de servicios de activos virtuales están programadas para comenzar el 6 de noviembre de 2026.
Las fechas de entrada en vigor establecen un despliegue escalonado a seguir: el reporte de transferencias de autocustodia comienza en octubre de 2026, las restricciones sobre operaciones con proveedores no autorizados siguen en noviembre, y la medida de retención junto con partes de la Resolución 589 llegan en enero de 2027.
En conjunto, las medidas del 23 de septiembre amplían el perímetro de supervisión del mercado de activos virtuales de Brasil. Para los usuarios de criptomonedas, la norma de octubre cambia la visibilidad del reporte, no el acceso a la autocustodia. Las transferencias que alcancen el umbral de $10,000 ingresarán al proceso existente de reporte de inteligencia financiera de Brasil cuando las instituciones cubiertas las faciliten.
Fuente: Live Bitcoin News