El BIR de Filipinas clarifica la ruta de devolución de IVA para exportadores que esperan la certificación de tasa cero
Puntos clave
- •La RMC No. 96-2022 del BIR permite a las empresas orientadas a la exportación calificadas recuperar el IVA pagado en compras locales e importaciones calificadas incurrido mientras esperaban su Certificación de Tasa Cero de IVA.
- •El alivio de devolución cubre el período desde el 28 de noviembre de 2024, cuando entró en vigor la ley CREATE MORE, hasta la emisión de la certificación, siempre que esta se haya obtenido durante el período de transición que finalizó el 31 de diciembre de 2025.
- •Las solicitudes de devolución no se aprueban automáticamente, ya que los contribuyentes deben cumplir requisitos documentales, de atribución y de verificación, y no se permite devolución de IVA ya reembolsado, acreditado, recuperado de proveedores o utilizado de otro modo.
- •Las empresas orientadas a la exportación que cumplieron el umbral de exportación del 70% pero no obtuvieron la certificación requerida de la EMB no pueden solicitar la devolución, aunque su IVA acreditado no utilizado puede arrastrarse y aplicarse contra futuras obligaciones de IVA.
- •Se espera que la clarificación apoye el flujo de caja y la competitividad de los exportadores al permitir la recuperación de costos de IVA que de otro modo quedarían retenidos durante la transición al régimen CREATE MORE.

Las emisiones fiscales filipinas rara vez traen buenas noticias, pero las empresas orientadas a la exportación calificadas pueden encontrar una excepción en la Circular de Memorando de Ingresos (RMC) No. 96-2022. Mediante esta circular, la Oficina de Ingresos Internos (BIR) ha clarificado que las empresas pueden recuperar el impuesto al valor agregado (IVA) incurrido en compras e importaciones calificadas mientras esperaban una Certificación de Tasa Cero de IVA — una clarificación que podría traducirse en recuperaciones de efectivo reales para las empresas de exportación calificadas (EOE). Las circulares de este tipo son emisiones formales mediante las cuales el BIR aclara cómo se aplican las normas fiscales existentes.
Para las empresas que pagaron IVA mientras esperaban su Certificación de Tasa Cero de IVA de la Oficina de Comercialización de Exportaciones (EMB) del Departamento de Comercio e Industria, la RMC ofrece una vía para recuperar esos montos mediante una solicitud de devolución de IVA.
Antecedentes
La Ley de la República No. 12066, conocida como la ley CREATE MORE — formalmente la Ley de Recuperación Corporativa e Incentivos Fiscales para Empresas para Maximizar Oportunidades de Reactivación de la Economía — permite a las EOE disfrutar de la tasa cero de IVA en compras locales y exenciones de IVA en importaciones si cumplen requisitos específicos, incluido un umbral de exportación del 70% y la certificación de que la empresa ha alcanzado ese hito.
En la práctica, sin embargo, muchos exportadores no pudieron acceder de inmediato al beneficio. Aunque la ley entró en vigor el 28 de noviembre de 2024, el proceso de certificación necesario para implementar el incentivo tomó más tiempo del esperado. Mientras las empresas esperaban su Certificación de Tasa Cero de IVA de la EMB, los proveedores locales continuaron cobrando el IVA estándar del 12% en compras que de otro modo calificaban, mientras las EOE seguían pagando IVA en importaciones calificadas.
La preocupación
Algunos podrían preguntarse: ¿no pueden los exportadores simplemente compensar el IVA acreditado contra cualquier IVA por pagar? En teoría pueden, pero dependiendo de las circunstancias fácticas, la compensación podría no aplicar a algunos exportadores.
El IVA puede representar un costo significativo para los exportadores, especialmente para aquellos cuyas ventas son principalmente exportaciones sujetas a IVA del 0%. Sin IVA a cobrar que compensar, estas empresas se ven obligadas aastrar indefinidamente el IVA acreditado en sus declaraciones de IVA, a menos que opten por presentar una solicitud de devolución de impuestos ante el BIR.
Considere un exportador que compra materias primas, servicios logísticos, servicios profesionales o insumos de fabricación durante todo el año. Si se cobra IVA en esas transacciones, el monto acumulado puede volverse considerable. Hasta que se recupere, representa efectivo que de otro modo podría respaldar operaciones, expansión, contratación o inversiones en tecnología. Una solicitud de devolución, sin embargo, implica presentar estrictos requisitos documentales y puede consumir considerable tiempo, gasto y esfuerzo, sin garantía de recuperación efectiva.
Para muchos exportadores, esto no es meramente un tema fiscal — es un tema de negocio. Cada peso pagado como IVA acreditado es efectivo que de otro modo podría usarse para la empresa.
La clarificación que las empresas esperaban
El BIR respondió la pregunta a favor de los contribuyentes. La RMC No. 96-2022 clarifica que las EOE calificadas pueden solicitar devoluciones de IVA por el IVA trasladado a ellas en compras locales e importaciones atribuibles a ventas con tasa cero, cubriendo el período desde el 28 de noviembre de 2024 hasta la emisión de su Certificación de Tasa Cero de IVA, siempre que la certificación se haya emitido durante el período de transición que finalizó el 31 de diciembre de 2025.
Dicho simplemente, las empresas que eventualmente obtengan la certificación requerida durante el período de transición no necesariamente pierden el beneficio del incentivo solo porque recibieron su certificación meses después. La RMC reconoce efectivamente la realidad de que los procesos administrativos toman tiempo, y que los contribuyentes no deberían ser injustamente perjudicados por circunstancias fuera de su control.
Por qué importa la clarificación
Para muchas EOE calificadas que incurrieron en IVA durante el período de transición, la respuesta a si se trata de buenas noticias es un rotundo sí, por tres razones.
Primero, la RMC promueve la equidad. Un contribuyente que califica para incentivos de IVA no debería verse en desventaja solo porque el proceso de certificación aún se estaba implementando.
Segundo, promueve la certeza. Los contribuyentes ahora tienen una base más clara para evaluar si deben presentar una solicitud de devolución de IVA por el período de transición. Esto reduce disputas innecesarias y permite a las empresas concentrarse en el cumplimiento en lugar de la especulación.
Tercero, respalda la competitividad. El sector exportador filipino compite en un mercado global donde los costos importan. Permitir que los exportadores calificados recuperen el IVA que de otro modo se convertiría en un costo adicional ayuda a mejorar la eficiencia y fortalece el atractivo del país como destino de inversión.
No es un pase libre
Los contribuyentes no deben ver la RMC como una aprobación automática de la devolución. El BIR enfatizó que solo el IVA acreditado directamente atribuible a ventas calificadas con tasa cero puede devolverse, y los contribuyentes aún deben cumplir todos los requisitos documentales, de atribución y de verificación. Además, no se permitirá ninguna devolución en la medida en que el IVA ya haya sido reembolsado, acreditado, recuperado de proveedores o utilizado de otro modo.
El alivio tampoco se extiende a las EOE que cumplieron el umbral de exportación del 70% pero no obtuvieron la certificación requerida de la EMB, incluido el período transitorio. Según la RMC, estas empresas no pueden solicitar la devolución para el ejercicio fiscal inmediatamente siguiente, aunque su IVA acreditado no utilizado puede arrastrarse y aplicarse contra futuras obligaciones de IVA.
Para las empresas que evalúan una solicitud, la tarea inmediata es reunir los registros del IVA trasladado a ellas desde el 28 de noviembre de 2024 hasta la fecha de su certificación y vincular esos insumos a ventas con tasa cero. En resumen, la oportunidad existe, pero la documentación adecuada sigue siendo esencial.
Equilibrar el cumplimiento con la realidad comercial
Al reconocer las realidades de la transición al régimen CREATE MORE, el BIR demostró un enfoque práctico y orientado al negocio en la administración tributaria. En lugar de permitir que un problema de oportunidad procesal socavara los incentivos previstos por ley, la RMC brinda a los exportadores calificados una oportunidad significativa de recuperar los costos de IVA incurridos durante el período de implementación.
Los profesionales fiscales suelen dedicar su tiempo a explicar nuevas obligaciones y requisitos de cumplimiento a sus clientes; las oportunidades de hablar de un alivio tributario genuino son menos frecuentes. La RMC No. 96-2022 es una de esas oportunidades.
Autor y descargo de responsabilidad
Las opiniones o puntos de vista expresados en este artículo son exclusivamente los del autor y no representan necesariamente los de Isla Lipana & Co. El contenido es solo para fines de información general y no debe usarse como sustituto de asesoría específica.
Steven Lloyd Co es gerente senior del departamento de Servicios Fiscales de Isla Lipana & Co., firma miembro filipina de la red global de PricewaterhouseCoopers. Puede contactársele en steven.lloyd.co@pwc.com.
Fuente: BusinessWorld Online — Reclaiming VAT: Good news for exporters, publicado el 14 de octubre de 2026.