No se debe permitir que el divorcio se infiltre en Filipinas
Puntos clave
- •Gatdula sostiene que Filipinas no debería adoptar el divorcio solo porque exista en otros países, y argumenta que el país podría haber acertado con su política actual.
- •Cita estudios que, según dice, muestran que los hijos de padres divorciados suelen obtener peores resultados académicos, conductuales, psicológicos y sociales.
- •Afirma que ampliar la decisión Republic v. Manalo de la Corte Suprema para cubrir divorcios entre cónyuges filipinos crearía un sistema de dos niveles basado en la riqueza.
- •Dice que el Congreso, no la Corte Suprema, tiene la autoridad para establecer un régimen general de divorcio, y que ningún proyecto de ley sobre divorcio ha sido aprobado como ley en Filipinas.
- •Señala jurisprudencia constitucional e internacional que, a su juicio, protege el matrimonio pero no reconoce un derecho al divorcio.

En una columna de opinión para BusinessWorld, Jemy Gatdula, decano de la Facultad de Derecho de la University of Asia and the Pacific (UA&P), se pronuncia en contra de introducir el divorcio en Filipinas y sostiene que el principal argumento para reconocerlo "proceeds from a banal fallacy: that because all other countries do it, then therefore the Philippines should do the same." Añade que ese razonamiento es "a bit racist as well", porque descarta por completo la posibilidad de que "perhaps — just perhaps — the Philippines got it right."
La columna entra en uno de los debates de política social más prolongados del país. Filipinas es uno de los dos únicos Estados del mundo —el otro es la Ciudad del Vaticano— que no contemplan el divorcio y, en este país de mayoría católica, donde la Catholic Bishops' Conference of the Philippines se ha opuesto de forma constante a la legislación sobre divorcio, las parejas que buscan poner fin a su matrimonio recurren a recursos previstos en el Family Code, como la anulación, la declaración de nulidad y la separación legal.
Gatdula cita décadas de investigación sobre los efectos del divorcio en los niños. En su metaanálisis de 1991 de 92 estudios publicado en Psychological Bulletin, Paul Amato y Bruce Keith concluyeron que "children of divorce scored lower than children in intact families across a variety of outcomes", con una diferencia mediana de 0.14 desviaciones estándar. La actualización de Amato de 2001, que examinó otros 67 estudios en Journal of Family Psychology, encontró que los hijos de padres divorciados "continued to score significantly lower" en rendimiento académico, conducta, ajuste psicológico, autoconcepto y relaciones sociales.
Al referirse a los titulares actuales sobre tiroteos en escuelas, el columnista escribe que lo que los medios tradicionales —"mostly liberal", en sus palabras— se niegan a informar es que la mayoría, si no todos, de los atacantes, al menos en Estados Unidos, carecían de padre, "whether due to divorce, death, or imprisonment", como señala Susan Goldberg ("When Will We Have the Guts to Link Fatherlessness to School Shootings?", February 2018).
Además, cita a Terry Brennan, cofundador de Leading Women for Shared Parenting: "72% of adolescent murderers grew up without fathers; the same for 60% of all rapists. Seventy-percent of juveniles in state institutions grew up in single- or no-parent situations. The number of single-parent households is a good predictor of violent crime in a community, while poverty rate is not."
Otro mito con el que discrepa es "that if the parents are happier the children will be happier, too." No es así, escribe, citando a Brent Barlow de Brigham Young University ("Marriage Crossroads: Why Divorce Is Often Not The Best Option," 2003): "Indeed, many adults who are trapped in very unhappy marriages would be surprised to learn that their children are relatively content. They don't care if mom and dad sleep in different beds as long as the family is together."
Estas, señala, son solo las investigaciones sobre los efectos del divorcio en los niños. En su opinión, los efectos dañinos del divorcio sobre los adultos, la economía de Estados Unidos, la productividad, la seguridad nacional y la sociedad en general son "all also devastating."
En el plano jurídico, Gatdula critica Republic v. Manalo, la decisión de la Corte Suprema de 2018 que amplió el alcance del Article 26 del Family Code, permitiendo en la práctica el divorcio para filipinos casados con un extranjero. Sin importar la opinión que se tenga sobre esa decisión —que él considera "an open demonstration of judicial legislation"—, sostiene que no debe tomarse como autorización para que la Corte Suprema, "with all due respect", redoble la apuesta. Ampliar Manalo para permitir un divorcio obtenido en el extranjero entre filipinos casados, escribe, sería "clearly anathema" a los intereses nacionales, a las personas directamente involucradas y a la propia Constitución.
Esa ampliación también crearía, dice, un problema de desigualdad: suponiendo que el divorcio sea un derecho beneficioso, ¿por qué debería estar disponible solo para quienes pueden costear viajar al extranjero, mientras quienes no tienen recursos suficientes siguen sujetos a la legislación filipina vigente? El resultado sería, en efecto, "a two-tier system, in which access to a supposed right depends upon wealth."
En última instancia, argumenta Gatdula, el poder judicial no tiene autoridad para transformar una excepción legal existente en un régimen general de divorcio para los filipinos. Si la política estatal permite que las parejas filipinas se divorcien, entonces es el Congreso —no la Corte Suprema— la autoridad gubernamental mandatada para tomar esa decisión, y el Congreso, "rightfully", no lo ha hecho. De hecho, los proyectos de ley sobre divorcio se han presentado en sucesivos Congresos durante más de dos décadas sin convertirse en ley; lo más cerca que estuvo uno de su aprobación fue la aprobación por la Cámara de Representantes, en mayo de 2024, en tercera y última lectura, de un proyecto para instaurar el divorcio absoluto, que no pasó el Senado antes de que concluyera el 19th Congress en junio de 2025.
Recuerda a los lectores que la propia Corte Suprema tiene un largo historial de defensa del matrimonio. En Tilar v. Republic, afirmó que el matrimonio es "an institution the maintenance of which the public is deeply interested", y que el Estado está obligado a mantener su "purity, continuity and permanence" porque "the security and stability of the State are largely dependent upon it." En Paras v. Paras, la Corte también enfatizó el Article XV.2, declarando al matrimonio una "inviolable social institution", de modo que las dudas deben resolverse a favor de su validez. Esa disposición —Article XV, Section 2 of the 1987 Constitution— dice: "Marriage, as an inviolable social institution, is the foundation of the family and shall be protected by the State."
La jurisprudencia internacional, añade enfáticamente, no reconoce el divorcio como un derecho humano. En Babiarz v. Poland, una decisión de 2017, el European Court of Human Rights observó expresamente que "European law did not recognize the right to divorce" y rechazó la afirmación de que la Convención exigiera a un Estado conceder un divorcio contra la voluntad del otro cónyuge. La Corte también advirtió contra una "purely individualistic concept of liberty" entendida como libertad frente a las obligaciones sociales y familiares.
Finalmente, Gatdula cuestiona la idea de presentar el divorcio como un simple ejercicio del "right to choose whom one loves." Deben hacerse distinciones, escribe: la capacidad de amar no es en sí misma un derecho constitucional, ni la Constitución contiene un derecho específico a elegir el objeto de la propia afección. La libertad protege el pensamiento y la creencia, pero la conducta puede regularse cuando están en juego intereses públicos legítimos. El matrimonio entra de lleno en esta última categoría, sostiene, porque crea responsabilidades legales respecto de los cónyuges, los hijos, la propiedad, la familia y, en última instancia, la vida social.
Jemy Gatdula es decano de la UA&P Law School y profesor de la Philippine Judicial Academy en filosofía constitucional y jurisprudencia. Las opiniones expresadas en la columna son propias y no necesariamente reflejan las de las instituciones a las que pertenece. Puede encontrársele en Facebook y en Twitter @jemygatdula.